jcroldan, 5/06/2006
Ya sabía yo que la sentencia a favor de la SGAE contra un salón de bodas por usar música sin pagar los derechos de autor iba a traer cola. Gracias a Pley me entero de esta noticia:
Tras la sentencia a favor de la SGAE que obliga a pagar al salón de bodas la suma de 43.179 €, Consudato (Asociación para la Protección de Datos de los Consumidores) ha interpuesto denuncia, que ha sido admitida a trámite, contra la SGAE por grabar en el salón de celebraciones un vídeo que luego presentó como prueba en el juicio. La razón aducida por Consudato es “Uso indebido de imágenes y datos de carácter personal, sin el consentimiento de los asistentes a la boda” y considera la actuación por parte de la SGAE como falta grave y constitutiva de delito.
La SGAE podría ser multada con 600.000 € por cometer este delito.
Permitanme alegrarme por esta noticia, dado que sin duda será una buena lección para dicha empresa que le hará recapacitar ante su modelo de negocio y la forma en que trata a sus clientes, … o no.
Vía: Consumer

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Me alegro. Por fin les dan en los morros a estos… aprovechados
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